Después de una larga búsqueda, de trámites, pagos, asesorías y finiquitar tu hipoteca, por fin la casa es tuya. Bien, pues ahora toca asegurar ese patrimonio que tanto te costó construir.
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Según la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), únicamente el 4.5% de las viviendas en nuestro país cuentan con un seguro de hogar, sin estar vinculado al crédito hipotecario.
Tienes la opción de asegurar los bienes que se encuentran en ella o la estructura en sí. Según datos de La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), contra estos riesgos puedes cubrir tu hogar:
• Terremoto y/o erupción volcánica: ampara los daños materiales directos causados por terremoto y/o erupción volcánica.
• Robo y/o asalto: de objetos y menaje de tu hogar.
• Rotura de cristales: interiores o exteriores (aún decorativos o utilizados como cubiertas).
• Joyería: te protege contra robo de joyas, orfebrería, relojes y pieles que se encuentren dentro del inmueble asegurado.
• Equipo electrónico: asegura los daños o pérdidas materiales que sufra el equipo electrónico, propio de una casa habitación.
• Fenómenos hidrometereológicos: cubre las pérdidas o daños físicos directos ocasionados por avalanchas de lodo, granizo, helada, huracán, inundación, golpe de mar, marejada, nevada y tiempos tempestuosos. ya que no todas son sujetas de cobertura. Consulta con tu aseguradora para ver cuáles son las condiciones específicas.
• Beneficios extra: algunos seguros te ofrecen servicios gratuitos, por ejemplo de plomería o reparaciones eléctricas, como parte del seguro para casa habitación.
• Responsabilidad Civil: cubre los daños que ocasiones tú y/o tu familia a terceros, a su persona o sus propiedades, derivados de acciones no intencionales, de las cuales sean civilmente responsables. En general existen tres tipos de coberturas: 1) del arrendatario: asegura la vivienda que rentes, 2) familiar: cubre cualquier daño involuntario que algún miembro de tu familia ocasione y 3) servidumbre: cubre el daño que el personal doméstico a tu cargo pudiera causar a terceros.
• Gastos extraordinarios: esta cobertura establece, por ejemplo: el pago de la renta de otra vivienda, en caso de que la casa asegurada no pueda ser habitada por incidentes que generen reparaciones en el hogar y/o la remoción de escombro.
Antes de adquirir un seguro para tu casa, verifica que la información de la póliza sea correcta y esté vigente; documenta tus pertenencias con fotografías y saca copias de todos estos papeles.